Preguntas frecuentes acerca del programa de renuncia a los medidores avanzados

¿Hay otras empresas de servicio público ofreciendo a sus clientes un programa de renuncia?

Sí. La Comisión de Servicios Públicos de California (CPUC) ha aprobado un programa de renuncia para Pacific Gas and Electric Company (PG&E), San Diego Gas & Electric Company (SDG&E) y Southern California Edison (SCE). Las tarifas aprobadas son las mismas que las de SoCalGas®: una tarifa inicial de $75 y un cargo mensual de $10. Para los clientes inscritos en el programa CARE, la tarifa inicial es de $10 y el cargo mensual es $5.

¿Los clientes que deseen renunciar a los medidores avanzados de SoCalGas y también a los medidores inteligentes de electricidad de la empresa de servicios públicos deben pagar por los dos servicios en forma separada?

Los clientes que deseen renunciar a los medidores inteligentes de electricidad deben comunicarse directamente con su proveedor de servicios públicos. El programa de renuncia a los medidores avanzados de SoCalGas se refiere solamente a los costos asociados con la opción para leer manualmente el medidor de gas natural.

¿Por qué el programa de renuncia a los medidores avanzados tiene una tarifa inicial y un cargo mensual?

La tarifa inicial compensa los costos de planificación y de los sistemas para establecer el programa de renuncia. El cargo mensual de renuncia se aplica al costo total de mantenimiento del programa de renuncia, de mano de obra para la lectura manual, de mantenimiento de los sistemas y de gastos relacionados con los vehículos.

¿Los cargos mensuales deben pagarse indefinidamente?

No. La CPUC ha establecido que los cargos mensuales para el programa de renuncia deben cobrarse solo durante los tres primeros años de inscripción en el programa. Después de los tres años, los cargos de renuncia no se incluirán más en su factura de gas natural; sin embargo, su participación en el programa de renuncia continuará vigente.

Como los cargos mensuales de renuncia cubren los costos de la lectura manual del medidor cada mes, ya no veré más una lectura "estimada" en mi factura de gas natural. ¿Es esto correcto?

No. La CPUC ha solicitado a SoCalGas implementar un plan de lectura manual de medidores cada dos meses para ayudar a controlar los costos asociados con el programa de renuncia. Esto significa que el medidor de gas natural de los participantes en el programa de renuncia se leerá manualmente cada dos meses. En el mes en que no se hace la lectura manual, la lectura del medidor se estimará, y por lo tanto resultará en un valor estimado en la factura de gas natural. En los meses en que se hace la lectura manual del medidor de gas natural, la factura resultante reflejará cualquier diferencia en el consumo del gas natural que ocurra desde la última vez en que el medidor de gas natural se leyó manualmente. Este nuevo plan de lectura manual de medidores cada dos meses no tendrá ningún impacto en la política de la empresa de solicitar un acceso continuo al medidor de gas natural para tareas de mantenimiento.

Como participante en el programa de renuncia, ¿qué sucede si no deseo que se use un valor estimado para el cálculo que se hace cada dos meses del valor de mi factura?

La CPUC ha decretado que SoCalGas, y las demás empresas importantes de servicio público de California, están obligadas a establecer un plan de lectura manual de medidores cada dos meses para ayudar a reducir los costos del programa de renuncia. Por lo tanto, los clientes que deseen continuar participando en el programa de renuncia a los medidores avanzados están sujetos a recibir una factura estimada de gas natural cada dos meses.

Si voy a pagar un cargo mensual de renuncia para que mi medidor sea leído manualmente, ¿debo pagar este cargo para los meses en que no se hace la lectura manual sino que se usa un valor estimado para la lectura?

Sí. El programa de renuncia de la CPUC exige a las empresas de servicios públicos facturar a los clientes el cargo mensual incluso en los meses en que se usa el valor estimado para la lectura del medidor.

¿Cómo aparecen los cargos en mi factura de gas natural?

Los cargos de renuncia aplicables aparecerán en la sección “Other Charges and Credits” (Otros cargos y créditos).

¿Qué sucede si transfiero mi servicio a otra dirección postal? ¿Mi estado de renuncia también se transfiere?

No. Su estado para el programa de renuncia no se transfiere a su nueva dirección postal. Cuando se comunique con SoCalGas para solicitar la transferencia de su servicio, mencione que desea inscribir su nueva dirección en el programa de renuncia a los medidores avanzados.

Si transfiero mi servicio, ¿debo pagar la tarifa inicial de renuncia para mi nueva dirección?

Sí. La tarifa inicial y los cargos mensuales son individuales para el medidor de gas natural de cada instalación.

¿Las tarifas iniciales y los cargos mensuales que no se paguen están sujetos a actividades de cobro de morosos, incluido el corte del servicio?

Sí. Las tarifas que dejen de pagarse se incluirán en los montos vencidos y serán objeto de actividades de cobro de morosos.

¿Puedo solicitar un acuerdo de pagos para la tarifa inicial y los cargos mensuales?

Sí. Comuníquese con nuestro Centro de Contacto para el Cliente llamando al 1-800-427-2200.

Si cancelo mi inscripción en el programa de renuncia, pero un tiempo después decido inscribirme de nuevo, ¿debo pagar la tarifa inicial otra vez?

De acuerdo con las normas del programa, un cliente que decida retirarse del programa de renuncia de SoCalGas solo podrá inscribirse de nuevo después de 12 meses, contados desde la fecha en que cancela el programa. Cuando este periodo de 12 meses haya pasado, el cliente debe pagar de nuevo la tarifa inicial y los cargos mensuales aplicables.

Si deseo cancelar mi inscripción en el programa de renuncia a los medidores avanzados, ¿qué debo hacer para que me instalen el medidor avanzado y cuánto me costará?

Para cancelar su participación en el programa y programar una cita de instalación, comuníquese con nuestro Centro de Contacto para el Cliente llamando al 1-800-427-2200. No hay ningún cargo adicional para la instalación del medidor avanzado.