De vez en cuando, es posible que SoCalGas® necesite interrumpir el servicio de gas que provee a sus clientes. Las disposiciones tarifarias que gobiernan el proceso de interrupción o "reducción" del servicio se establecen en la Regla de tarifas 23, "Continuidad del servicio e interrupción del suministro".

(Nota: Aunque SoCalGas actúa con atención y cuidado  razonables para proporcionar y entregar el servicio a sus clientes, no es responsable de los daños resultantes de cualquier interrupción en la entrega de gas natural o en la prestación del servicio, que provoquen daños a sus instalaciones, limitaciones operativas u otras condiciones fuera de su control razonable).

Las situaciones que requieren reducción varían, pero generalmente se clasifican en estas categorías:

  • Reducción del Sistema
  • Reducción Localizada
  • Reducción de Emergencia
  • Reducción de Mantenimiento Planeado
     

El propósito de esta descripción general es ayudarle a comprender mejor las disposiciones generales relacionadas con las Reducciones. No pretende sustituir a la Regla 23 o a los otros programas de tarifas que SoCalGas tiene registrados en la Comisión de Servicios Públicos de California (CPUC). Todas estas tarifas se pueden revisar en línea.

La Regla 23 se actualizó el 1 de noviembre de 2016. Por favor consulte las tarifas revisadas y los documentos correspondientes (A.15-06-020) para obtener información completa sobre las reglas y procedimientos de Reducción.

Orden de Reducción del Sistema

En caso de una Reducción del Sistema, SoCalGas reducirá el servicio de acuerdo con la Regla 23:

  1. En el caso de que se solicite una reducción basada en los pronósticos diarios  anticipados de la carga máxima de generación eléctrica, toda la Generación Eléctrica Despachada que no se pronostica actualmente que esté operando en el momento en que la orden de reducción sea efectiva. En el caso de que se solicite a una ]ón basada en la demanda en tiempo real, toda la Generación Eléctrica Despachada que no esté operando cuando se emita la reducción.
  2. Hasta el 60 por ciento de la carga de Generación Eléctrica Despachada durante noviembre a marzo y hasta el 40 por ciento de la carga de Generación Eléctrica Despachada durante abril a octubre.
  3. Hasta el 100 por ciento del uso de generación no eléctrica no básica y de cogeneración no básica en base a la distribución proporcional, excepto para los requisitos mínimos de uso preestablecidos de la refinería.
  4. Hasta el 100 por ciento de la carga restante de refinería que no se reduce en el paso 3.
  5. Hasta el 100 por ciento de la carga restante de Generación Eléctrica Despachada que no se reduce en el paso 2.
  6. Todo el servicio de prioridad 2A de forma distribuida proporcionalmente.
  7. Todo el servicio no residencial de Prioridad 1 de forma distribuida proporcionalmente.
  8. Todo el servicio residencial de Prioridad 1 de forma distribuida proporcionalmente.

Reducción del Sistema

Es posible que la Reducción del Sistema ocurra en un área grande de nuestro territorio de servicio cuando el sistema no pueda mantener una presión adecuada. En tal situación, la reducción del servicio a los clientes en el área afectada se hará por lo general con base en el orden de reducción que se muestra arriba (que se especifica en la Sección C.1 de la Regla de tarifas 23). Sin embargo, este orden se seguirá solo en la medida en que sea operativamente posible hacerlo. El servicio de retiro de almacenamiento no empaquetado, disponible y firme, puede no estar disponible para entregas a clientes cuyo servicio esté restringido como resultado de una reducción del sistema.

Reducción Localizada

La Reducción Localizada ocurre cuando un área específica de nuestro territorio de servicio se ve afectada por reducciones de capacidad dentro del estado o emergencias. La reducción del servicio a los clientes en el área afectada generalmente se realizará en función del  orden de reducción que se muestra arriba (y se especifica en la Sección C.1 de la Regla de tarifas 23). Sin embargo, este orden se seguirá solo en la medida en que sea operativamente posible hacerlo. El servicio de retiro de almacenamiento no empaquetado, disponible y firme, puede no estar disponible para entregas a clientes cuyo servicio esté restringido como resultado de una reducción localizada.

Reducción de Emergencia

Es posible que SoCalGas tenga que reducir el servicio a causa de una emergencia. Esto ocurre en momentos en que hay una amenaza de escasez o una escasez real que origina una situación de emergencia durante un período breve en nuestra capacidad para satisfacer las demandas de los principales clientes. Durante ese tipo de emergencia, es posible que reduzcamos el servicio a todos o algunos de nuestros clientes de la manera más razonable y funcional posible. En dicha emergencia, tendremos derecho a cortar, suspender, restablecer o continuar el servicio que se brinda a estos clientes, independientemente de la prioridad o preferencia establecida en sus esquemas de tarifas, contratos o en las normas y los reglamentos aplicables a dicho servicio.

Reducción De Mantenimiento Planeado

Puede ocurrir una Reducción De Mantenimiento Planeado para completar el trabajo de seguridad o mantenimiento en la tubería. Bajo una Reducción De Mantenimiento Planeado, el cliente recibe un aviso previo a través de un tablero de anuncios electrónico llamado Envoy®, acerca de que el servicio interrumpible y/o firme se reducirá o no estará disponible durante un período específico. SoCalGas hace todo lo posible para minimizar los impactos en los clientes durante una Reducción De Mantenimiento Planeado. Las reglas sobre la Reducción De Mantenimiento Planeado se describen en la Regla 30.

  1. La prioridad del transporte del servicio del cliente se establecerá de acuerdo con lo establecido en la Regla No. 23, Continuidad del Servicio e Interrupción de la Entrega.\
  2. La empresa de servicios públicos tendrá derecho, sin responsabilidad, a interrumpir la aceptación o reentrega de gas siempre que sea necesario probar, alterar, modificar, ampliar o reparar cualquier instalación o propiedad que comprenda el sistema de la empresa de servicios públicos o que esté relacionada con su operación. Al hacerlo, la Empresa de Servicios Públicos intentará causar un mínimo de inconvenientes al cliente. Excepto en casos de emergencia imprevista, la empresa de servicios públicos deberá notificar por escrito con un mínimo de diez (10) días de anticipación de dicha actividad.
     

El Proceso De Transferencia De Reducción

Los clientes pueden hacer arreglos para transferir o "comerciar" los requisitos de reducción. A través de tal acuerdo, la responsabilidad de un nivel de reducción específico puede transferirse de un cliente (que de otro modo estaría obligado a reducir su consumo) a otro cliente (que de otro modo no estaría obligado a reducir).

Los clientes que lleguen a un acuerdo mutuo sobre una transferencia de requisitos de reducción deben elaborar un "Aviso de transferencia de reducción intraestatal" (Formulario No. 6600) y enviar este formulario a SoCalGas. El formulario debe indicar las instalaciones del cliente involucradas en el comercio y debe especificar la cantidad de reducción que se transferirá entre cada uno. Los arreglos de transferencia no son válidos hasta que SoCalGas acepte y acuerde el formulario requerido. En consecuencia, los clientes deben enviar sus operaciones de reducción lo antes posible. Puede obtener una copia del formulario de transferencia comunicándose con su representante de cuenta.

Comuníquese con su representante de cuenta si tiene alguna pregunta sobre las transferencias.
 

Aviso de Reducción

La notificación de reducción se proporcionará por uno o más de los siguientes medios: publicación de notificaciones en ENVOY, verbalmente por teléfono o en persona; por escrito a través de correo electrónico, fax o entrega postal al día siguiente; o por mensaje de texto enviado a través de un pager/sistema de buscapersonas alfanumérico. SoCalGas intentará notificar con anticipación una reducción, pero solo en la medida en que sea práctico hacerlo. En algunas situaciones, es posible que SoCalGas deba reducir el servicio inmediatamente después de la notificación de la reducción. En este caso, el cliente deberá reducir o se encontrará en violación de la reducción.